Acuerdos Conclusivos en Materia Tributaria




EL LIC. MANUEL SAINZ ORANTES, Integrante de la Comisión Fiscal, realizó un análisis referente a los "ACUERDOS CONCLUSIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA".

El 9 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación (CFF), mediante el cual se adiciona el Capítulo II, del Título III del CFF, y se crea la figura jurídica: "Acuerdos conclusivos", que entró en vigor el 1 de enero de 2014.

Los acuerdos conclusivos, de conformidad con la exposición de motivos que les dio origen, buscan "ofrecer todas las facilidades a los contribuyentes para regularizar su situación fiscal", proponiéndose como un medio alternativo para la solución anticipada de actos de fiscalización, con la participación de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

En efecto, los acuerdos permiten a los contribuyentes tener un acercamiento, en presencia de una tercera parte, con la autoridad revisora desde el primer momento en que son objeto de las facultades de comprobación y hasta antes de que se les notifique la resolución que determine, en su caso, el monto de las contribuciones omitidas.


FUENTE: IMCP

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