REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL (ANALISIS POR EL IMCP)


EL C.P. FRANCISCO ARGUELLO GARCÍA, integrante de la Comisión Fiscal, realizó un análisis referente al "NUEVO RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS".

Uno de los objetivos prioritarios planteado por la presente Administración consiste en alcanzar un incremento generalizado de la productividad, en el que participen todos los sectores de la población. Sin embargo, la productividad se encuentra estrechamente vinculada con el fenómeno de la informalidad; por ello, la facilidad en el cumplimiento del pago de impuestos representa un factor esencial para que los negocios que se van creando en una economía, particularmente los de menor escala, se incorporen de inmediato a la formalidad en la esfera tributaria.

El Régimen de Incorporación Fiscal que se estableció para 2014 en la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta sustituye el aplicable para las personas físicas con actividades empresariales con ingresos de hasta 4 millones de pesos anuales; esto es, el Régimen Intermedio regulado hasta 2013 en la LISR en la sección II, del capítulo II, del título IV, mediante el cual se regulaban a aquellas personas físicas que realizaban exclusivamente actividades empresariales, cuyos ingresos no excedían de los 4 millones de pesos, y el Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS) regulado en la sección III, del capítulo II, del título IV, el cual se diseñó como un esquema simplificado para las personas físicas con ingresos anuales de hasta 2 millones de pesos que únicamente enajenaban bienes o prestaban servicios con el público en general.

Este análisis puede ser consultado en el número 2014-3 de Fiscoactualidades.
FUENTE:IMCP

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