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Mostrando entradas de mayo, 2013

FELIZ DIA DEL CONTADOR

Un poco de historia Para aquellos que gustan de las efemérides, ya que estamos celebrando el Día del Contador, y recordando a don Fernando Diez Barroso como el primer graduado como Contador, hagamos un poco de historia de la enseñanza de esta profesión en México. La enseñanza de las cuestiones contables en México en su inicio estuvo ligada a la Escuela Superior de Comercio y Administración, fundada en 1845 para hacerse cargo de la enseñanza superior mercantil. Entonces se denominaba "Tenedor de Libros" a quien llevaba los registros de una empresa, pero que para el medio mercantil e industrial de esa época era fundamental. A pesar de su modesto inicio esta institución educativa contó con algunas destacadas personalidades entre sus directores, como Manuel Payno, de 1871 a 1876, o como Joaquín D. Casasús, a principios del siglo pasado. El 5 de diciembre de 1903 se emitió el decreto que autorizó al ejecutivo a expedir la Ley para la Enseñanza Comercial en el Distrito Fe

NOMENCLATURA DE LA DIOT

me ha pasado cuando me dan empresas, para supervisar, y al revisar las diot solo se encuentra el acuse pero no el papel de trabajo mucho menos la declaración impresa en esos casos me ha servido mucho los siguentes datos los cuales los he deducido en base a la experiencia no se si se encuentre en algun lado dicha informacion pero la comparto para el que le pueda servir en las mismas circunstancias que a mi en el acuse en la parte de la cadena original se encuentra una serie de numeros dividido por pipes o guiones verticales,bueno te tienes que fijar en el numero que esta antes de los signos de igual estos numeros significan los campos de la informacion y despues del signo de igual es el valor que capturas, no voy a relacionar los referentes a nombre y datos de identificacion ya que estos son muy evidentes despues de estos los mas importantes son: como se presenta la declaracion : 161=0 en este caso significa "sin informacion" 161=1 "lapresenta con datos" ti

TESIS Y JURISPRUDENCIAS DEL MES DE ABRIL 2013

El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa da a conocer las tesis y jurisprudencias relativas al mes de abril de 2013. Entre los rubros más destacados están: PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS.- LOS SINDICATOS OBREROS Y LOS ORGANISMOS QUE LOS AGRUPEN NO SON CONSIDERADOS COMO CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A MENOS QUE REALICEN ACTIVIDADES SUSCEPTIBLES DE GENERAR UN INGRESO ACUMULABLE. REVISIÓN DE GABINETE. ARTÍCULO 48 FRACCIÓN VI, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, ESTABLECE DOS PLAZOS PARA DESVIRTUAR LOS HECHOS U OMISIONES DETECTADAS DURANTE LA REVISIÓN. VISITA DOMICILIARIA. SUPUESTO EN EL QUE LA SUSPENSIÓN DEL PLAZO PARA CONCLUIRLA, IMPIDE QUE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA CONTINÚE EJERCIENDO SUS FACULTADES DE COMPROBACIÓN. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. REQUISITOS QUE DEBEN SATISFACERSE PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO Y SIN DISPOSICIONES DE VIGENCIA ANUAL. OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS NEGOCIADAS EN UN MERCADO

CRITERIOS NORMATIVOS EMITIDOS POR EL SAT PRIMER TRIMESTRE 2013

De conformidad con los artículos 35 del Código Fiscal de la Federación y 22, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, que otorgan a esta Administración General Jurídica la facultad de establecer el criterio de interpretación que las unidades administrativas de este órgano desconcentrado deberán seguir, se hacen de su conocimiento los nuevos criterios normativos aprobados por el Comité de Normatividad del Servicio de Administración Tributaria, durante el primer trimestre de 2013: 00/2013/CFF Principios de contabilidad generalmente aceptados y normas de información financiera. Su aplicación. 00/2013/ISR Establecimiento permanente. Los ejemplos que pueden considerarse constitutivos de establecimiento permanente deben analizarse de conformidad con las características esenciales de dicho concepto. 00/2013/ISR Operaciones financieras derivadas en las que se liquiden diferencias durante su vigencia. Se considera que existe un vencimiento

EFECTOS DE LAS REFORMAS DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

La iniciativa fue presentada por el Diputado Sergio Torres Félix del grupo parlamentario del PRI el pasado 19 de marzo. Dicha iniciativa fue aprobada por mayoría en la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados y finalmente por el Pleno de esa Cámara, por mayoría, el 25 de abril y turnada ya como un proyecto de Decreto al Senado para su revisión. En las siguientes líneas se pretende señalar cuáles son los cambios que se proponen en el Decreto, el efecto que estos generan para los patrones , con el fin de qué quienes tengan a bien consultar el presente artículo puedan generar sus propias conclusiones, en su caso dimensionar el efecto en comentario y establecer las medidas que estimen necesarias.   documento completo aqui fuente: IMCP WWW.BitacoraFiscal.tk