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Mostrando entradas de junio, 2012

ALERTAN PROBLEMAS POR E- FACTURA

Alicia Díaz y Gonzalo Soto , Reforma, www.reforma.com Las empresas enfrentarán, a partir del 1 de julio, nuevos obstáculos para cumplir con las nuevas obligaciones que marca el Código Fiscal de la Federación aplicables a las facturas digitales. De acuerdo con expertos, las empresas y proveedores aún no incorporan la nuevas disposiciones en las facturas, lo que podría provocar problemas para su cobro, para la deducibilidad y posibles multas por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Según un sondeo de Grupo Reforma, de ser implementados los cambios, el 87 por ciento de las facturas serían rechazadas por no tener alguno de los cinco campos que deben llenarse, de acuerdo con las nuevas reglas. Estos campos consisten en señalar el lugar de expedición, método de pago, régimen fiscal, número de cuenta y unidad de medida. De no tener alguno de estos requisitos, la empresa que emite la factura será sujeta a una multa que puede ir desde 9 mil hasta 18 mil pe

FISCOACTUALIDADES: El pago como requisito de deducción para efectos de la LISR

El LIC. EDUARDO E. DÍAZ GUZMÁN, i ntegrante de la Comisión Fiscal del IMCP, realizó un análisis referente a "El pago como requisito de deducción para efectos de la LISR". El Art. 31, Fracc. III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece como requisito de las deducciones, que estén amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos se efectúen, entre otros supuestos, mediante cheque nominativo del contribuyente; pudiendo, también, efectuarse por medio de traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa. El gobierno del Distrito Federal, ejerciendo facultades de comprobación en materia fiscal federal al amparo del Convenio de Coordinación Fiscal firmado con el Gobierno Federal, ha rechazado deducciones efectuadas por los contribuyentes y determinado diferencias a su cargo, considerando que están obligados a demostrar el cumplimiento de los requisitos relativos a la documentación comproba

PRODECON / Nuevos requisitos en los comprobantes fiscales a partir del 1o. de julio de 2012

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer un comunicado que señala los “Nuevos requisitos en los comprobantes fiscales a partir del 1o. de julio de 2012”. Al respecto, conforme a las últimas reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF), a continuación se enumeran los requisitos, adicionales a los ya existentes, que deben incluirse en los comprobantes fiscales (CFDI, CFD y comprobante impreso): 1. Contener el régimen fiscal de tributación. Este requisito se podrá cumplir, en su caso, anotando la expresión “No aplica”. 2. Incluir la unidad de medida de los bienes o mercancías que se enajenen. Tratándose de prestación de servicios o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, este requisito podrá cumplirse, en su caso, anotando la frase “No aplica”. 3. Indicar la forma en que se realizó el pago (efectivo, tarjeta, cheque, transferencia). Si es con tarjeta de crédito, débito o monedero electrónico, anotar los cuatro últimos dígito

DEDUCCION Y ACREDITAMIENTO CON ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS

DEDUCCION Y ACREDITAMIENTO CON ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS: CFF Y RMF (COMENTARIOS)          Deducir los gastos o acreditar impuestos con los estados de cuenta bancarios ya existia en el codigo, pero con lineamientos un poco confusos incluso para las autoridades en los casos de revisiones, por lo que no era muy recomendable o era la ultima opcion, en codigo y resolucion miscelanea se dan unos lineamientos un poco mas claros para poder aplicar esta opcion. te los transcribo directos de codigo y de la resolucion miscelanea. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION Artículo 29-B. Los contribuyentes, en lugar de aplicar lo señalado en los artículos 29 y 29-A de este Código, podrán optar por las siguientes formas de comprobación fiscal: II. Los estados de cuenta impresos o electrónicos que expidan las entidades financieras, las sociedades financieras comunitarias  y los organismos de integración financiera rural a que se refiere la Ley de Ahorro y Cr

NO HABRA PRORROGA PARA DICTAMEN: SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que para la presentación del dictamen fiscal no se extenderá el plazo que vence, a más tardar, el 30 de junio. Lo anterior debido a que desde diciembre del año pasado se puso a disposición de los contribuyentes la herramienta informática conocida como Sipred, con el fin de que se pudiera cumplir con esta obligación en tiempo y forma. El dictamen fiscal correspondiente al ejercicio 2011 se debe enviar al SAT emitido por un contador público antes de que termine el presente mes. Sin embargo, se puede presentar en forma previa de acuerdo con un calendario establecido conforme con la primera letra del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), iniciando a partir del 15 de junio. En los casos de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán hacerlo a más tardar el 15 de julio. En la Resolución Miscelánea publicada el pasado 7 de junio en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se aclaró que, cuando los

SUA 3.3.5 AHORA SI

Despues de haber dado reversa el infonavit a la proporcionalidad en las retenciones a enterar por parte del patron por medio del  SUA, se hizo necesario el parche para regresar las cosas a como estaban es por eso que hay que instalar la version 3.3.5 del SUA hayas instalado o no la version 3.3.4. les dejo elenlace de descarga DESCARGALO AQUI

ANEXOS 1 Y 1A DE LA 2A RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RMF 2012

El dia de hoy se publicaron en el DOF los anexos 1 y 1A de la segunda resolucion de modificaciones  a la  rmf 2012, cabe mencionar que estos anexos son tanto manuales, formatos y tablas de consulta, etc. les dejo el enlace para descargarlo. descarga AQUI

2A RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA DEL 2012

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día  7 de junio a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, en la cual se incorporan y reforman diversas reglas de interés general, destacando las siguientes: Actualización de cantidades establecidas en el CFF Contribuyentes relevados de presentar aviso de compensación Régimen fiscal a señalar en la emisión de comprobantes fiscales Procedimiento que debe observarse en la aplicación de estímulos o subsidios Interpretación de los tratados en materia fiscal Concepto de unidad de medida a utilizar en los comprobantes fiscales Identificación de forma de pago en el CFDI Plazo para entregar o enviar al cliente el CFDI Concepto de pago en parcialidades Requisitos de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad Tasas y monto máximo para la utilización de los estados de cuenta como comprobante fiscal Ex

LOGRA PRODECON REVERSA A PROPORCIONALIDAD DEL INFONAVIT

Logra Prodecon reversa del Infonavit La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) informó que logró que el Infonavit revirtiera una disposición que iba en contra de los derechos de los patrones y trabajadores. Ya no se descontará la totalidad de los pagos por los créditos de vivienda que adeudaban los trabajadores cuando pasen por incapacidad o ausencias en el empleo. Reconoció la disposición del Instituto para llevar a cabo acciones inmediatas y preventivas, ya que esa disposición entraría en vigor a partir de julio. La Prodecon tuvo conocimiento de que el Infonavit había emitido comunicados a los empresarios para hacerles saber que en julio tendrían que descontar de los salarios de los trabajadores la totalidad del monto mensual para pagar su crédito de vivienda, aun cuando hubieren recibido un salario menor o no hubieren recibido pago alguno por haberse incapacitado o ausentado en el trabajo. NUEVO REGLAMENTO Lo anterior, de conformidad con una refor