Entradas

Mostrando entradas de enero, 2015

Recauda SAT $30.6 millones por no entregar facturas al instante

Imagen
Ernesto Luna Vargas, administrador general de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que en el último trimestre del 2014 el fisco obtuvo una recaudación de 30.6 millones de pesos por multar a los contribuyentes que no entregaban facturas al instante. En entrevista , aclaró que es una práctica fiscal indebida -que se tiene que sancionar-, el que el prestador de servicios remita al contribuyente a una página de Internet para que genere por sí mismo su factura electrónica. “Cuando se remite al cliente a que baje su factura de una página de Internet es una práctica fiscal indebida. Además, si el consumidor solicita a la empresa o proveedor una representación impresa de su factura se le tiene que entregar al momento, de lo contrario se sancionará”, puntualizó. El 5 de octubre del 2014 el órgano recaudador publicó un criterio no vinculativo que establece que la factura electrónica sea entregada al contribuyente sin necesidad de que

Compilación de Criterios Normativos 2014 en materia de Impuestos Internos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) por medio de su página de Internet:  www.sat.gob.mx , dio a conocer la Compilación de Criterios Normativos en materia de Impuestos Internos. Uno de los objetivos del SAT, en este sentido de conformidad con el artículo 33, penúltimo párrafo del Código Fiscal de la Federación y en términos de la regla I.2.12.3., de la Resolución Miscelánea Fiscal es dsara a conocer los referidos Criterios. El Boletín 2014 Compilación de Criterios Normativos en materia de Impuestos Internos, además de integrar los criterios en vigor, incluye los criterios históricos de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y los criterios derogados en 2014, así como los antecedentes de los mismos. Los criterios derogados y los integrados a los apéndices históricos no pierden su vigencia y aplicación respecto de las situaciones jurídicas o de hecho que en su momento regularon. Descargar Anexo 1,  clic aquí fu

Incentivos fiscales para el sector vivienda

Imagen
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el "Informe Semanal del Vocero", donde se señala que el desarrollo de vivienda es un factor estratégico para México, ya que además de mejorar el bienestar de las familias, incide de manera directa en el crecimiento económico nacional. En particular, el sector de la construcción juega un papel clave al detonar inversiones, generar empleos y fortalecer el mercado interno. En este contexto, y en línea con la Política Nacional, el pasado 21 de enero se anunciaron diversas medidas en materia fiscal y de financiamiento, para impulsar el desarrollo de vivienda. Éstas forman parte de las acciones para mejorar el bienestar de las familias anunciadas por el Presidente de la República, Lic. Enrique Peña Nieto al inicio del año.   Incentivos fiscales para el sector vivienda:   IVA Se establece un esquema de regularización de los adeudos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que tengan los pequeños proveedores de

honorarios y actividad empresarial pueden tributar en RIF en 2015

Imagen
si estas registrado en el rfc por honorarios  y te diste de alta el año 2014, y tu regimen es honorarios o actividad empresarial, puedes cambiar a RIF. El año pasado lo anunciamos aqui, la PRODECON gestiono una facilidad para los que tributan en el regimen de actividades empresariales y  profesionales, y que en el año no alcancen los  ingresos de 2 millones de pesos de ingresos, y en la resolucion miscelanea se publico una regla que establece las reglas para hacerlo, aqui te transcribo dicha regla. "RMF 2015  2.5.7.   Para los efectos de los artículos 27 del CFF, 29, fracción VII y 30, fracción V, incisos c) y d) del Reglamento del CFF, las personas físicas que durante el ejercicio fiscal 2014 iniciaron actividades empresariales de conformidad con la Sección I del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, así como las personas físicas que durante el citado ejercicio reanudaron actividades empresariales conforme a la referida Sección, aún y cuando en ambos casos hub

Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda

Imagen
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (22 de enero) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda, que contempla: Los contribuyentes que se dediquen a la construcción y enajenación de bienes inmuebles destinados a casa habitación, podrán optar por considerar como ingreso obtenido en el ejercicio, el total del precio pactado en la enajenación o la parte del precio exigible durante el mismo para efectos del ISR. Se condona el pago del IVA y sus accesorios, que hayan causado hasta el 31 de diciembre de 2014 los contribuyentes por la prestación de servicios parciales de construcción destinados a casa habitación, siempre que la contribución no haya sido trasladada ni cobrada al prestatario de los servicios mencionados. Los contribuyentes que estén pagando a plazo adeudos en los términos del artículo 66 del CFF, por concepto del IVA derivado de los servicios citad

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a las entidades y sociedades financieras

Imagen
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (22 de enero) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a las entidades y sociedades financieras que se indican, que contempla: Un estímulo fiscal a las entidades financieras sujetas a los servicios de inspección y vigilancia de la CNVB la cuota por concepto de inspección y vigilancia a que se refiere dicho artículo que hubieren optado por pagar de conformidad con las disposiciones vigentes en el ejercicio fiscal de 2014 más el 3% de dicha cuota. Estímulo fiscal a las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas consistente en el pago del 70% de la cuota establecida en el artículo 29, fracción XXVI de la Ley Federal de Derechos, correspondiente al ejercicio fiscal de 2015, cuando realicen el pago del derecho por los servicios de inspección y vigilancia que presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a que se r

NUEVO REGIMEN VENTAS CON EL PUBLICO EN GENERAL 2015

Imagen
Las personas físicas con ventas al público en general con ingresos hasta 100 mil pesos anuales no pagarán IVA ni IEPS Las personas físicas que realicen ventas al público en general con ingresos hasta 2 millones de pesos anuales, podrán optar por un cálculo sencillo ingresando únicamente dos datos de su actividad. Sí deben cumplir con las demás obligaciones del régimen de incorporación fiscal   La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa que las personas físicas con actividad empresarial cuyas ventas sean al público general y sus ingresos no rebasen los 100 mil pesos en el año, no pagarán el impuesto al valor agregado (IVA) ni el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS)  a partir de enero de 2015.   Con el propósito de apoyar el desarrollo de los contribuyentes con mínima capacidad administrativa y evitar que operen en la informalidad, el Ejecutivo Federal otorgó

Dispensa del otorgamiento de la garantía del interés fiscal, a los patrones y demás sujetos obligados solicitada por la Secretaría General del IMSS

Imagen
El Instituto Mexicano de Seguro Social dio a conocer el día de hoy (15 de enero) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo ACDO.SA3.HCT.101214/282.P.DIR relacionado con la Dispensa del otorgamiento de la garantía del interés fiscal, a los patrones y demás sujetos obligados solicitada por la Secretaría General del Instituto Mexicano del Seguro Social.   Mediante el Acuerdo referido, se autoriza la dispensa del otorgamiento de la garantía del interés fiscal, a los patrones y demás sujetos obligados, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social y en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, cuando suscriban el convenio para el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de los créditos adeudados por concepto de cuotas obrero patronales y capitales constitutivos. Para ver el contenido completo, clic

Anexo 16 de la RMF para 2015. Instructivos de integración y formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros 2014

Imagen
  La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (14 de enero) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Anexo 16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada el 30 de diciembre de 2014 que contempla los instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, y de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el contador público, por el ejercicio fiscal del 2014, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2014 (SIPRED'2014), aplicable a los tipos de dictámenes que se mencionan.     Para ver el contenido completo, clic aquí fuente: imcp

Modificación del anexo 3 de la RMF para 2015. No deducibilidad de las inversiones en automóviles otorgados en comodato

Imagen
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su página de Internet: www.sat.gob.mx , la Modificación del anexo 3 de la RMF para 2015 mediante el cual se adiciona el siguiente Criterio no Vinculativo: Inversiones en automóviles. No son deducibles c uando correspondan a automóviles otorgados en comodato y no sean utilizados para la realización de las actividades propias del contribuyente Para ver el contenido completo, clic aquí

Anexo 15 de la RMF para 2015. Impuesto sobre Automóviles Nuevos

Imagen
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (13 de enero) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Anexo 15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada el 30 de diciembre de 2014 rererente al Impuesto sobre Automóviles Nuevos que contempla:   1.    Tarifa para determinar el Impuesto sobre Automóviles Nuevos para el año. 2.    Cantidades correspondientes a la fracción II del artículo 8o. de la Ley Federal del ISAN para el año 2015. 3.    Código de Claves Vehiculares: Registradas. Canceladas. Para ver el contenido completo, clic aquí fuente: imcp  

Extracto de las Principales Resoluciones Favorables a los Contribuyentes que Deriven de Consultas Reales y Concretas del mes de diciembre de 2014

Imagen
El artículo 34, último párrafo del Código Fiscal de la Federación establece que el Servicio de Administración Tributaria publicará mensualmente un extracto de las principales resoluciones favorables a los contribuyentes a que se refiere este artículo, debiendo cumplir con lo dispuesto en el artículo 69 de este Código. Conforme al artículo 47 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente, los extractos publicados, no generan derechos para los contribuyentes.   Al respecto, el SAT dio a conocer en su portal de Internet: www.sat.gob.mx , el "Extracto de las principales resoluciones favorables a los contribuyentes que deriven de consultas reales y concretas" correspondientes al mes de diciembre de 2014, que contempla los siguientes temas: Ley del IEPS. Sujetos. Ley del IVA. Bienes. Para ver el contenido completo, clic aquí fuente: imcp www.bitacorafiscal.tk

RESOLUCION MISCELANEA 2015

Imagen
El día 30 de Diciembre se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Resoluciones de referencia, las cuales  ntrarán en vigor  partir del 1 de enero de 2015 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2015, salvo ciertas reglas que entran en vigor a partir del 1 de enero de 2014 o en fechas posteriores. Prácticamente con mínimos cambios con respecto a la RMF para 2014, se publica la RMF para 2015. De la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, entre otras, se adicionaron o destacan las siguientes reglas: · Para el cómputo de los plazos se consideran días inhábiles, además de los que ya dimos a conocer en flash anterior, el 2 y 3 de abril de 2015. · Los contribuyentes que producen y distribuyen productos destinados a la alimentación y los que producen y distribuyen medicinas de patente, podrán obtener la resolución a su solicitud de  devolución de saldos a favor en el IVA . en un plazo máximo de 20 días hábiles contados a partir de la