COMENTARIOS A LA LIF 2015
Este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2015, en la que resaltan los siguientes aspectos: el envío de la contabilidad electrónica al SAT debe realizarse a partir de 2015 de conformidad con el calendario que establezca la autoridad. Desafortunadamente de la redacción de esta norma no es posible precisar si la información contable que debe enviarse es exclusivamente la generada a partir de enero de 2015, por lo que el SAT debe efectuar la aclaración correspondiente los CFDI de nómina del 2014, podrán emitirse en el periodo comprendido entre la fecha en que se realice la erogación y a más tardar el 31 de diciembre de dicho año el SAT debe emitir un esquema para devolver en 20 días los saldos a favor de IVA de contribuyentes de los sectores de exportación, primario, con proyectos de inversión en activo fijo, y de producción y distribución de alimentos y medicinas los contribuyentes del RIF que presenten a más ta...