EL IMPACTO EN EL SECTOR PRIMARIO DERIVADO DE LA POSIBLE ELIMINACIÓN DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO



ELC.P.C. MARIO J. RÍOS PEÑARANDA, integrante de la Comisión Fiscal, realizó un análisis referente a "EL IMPACTO EN EL SECTOR PRIMARIO DERIVADO DE LA POSIBLE ELIMINACIÓN DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO".

En junio de 2012 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), llevó a cabo un análisis para determinar los montos que el erario dejaba de recaudar derivado de los beneficios fiscales otorgados a ciertos contribuyentes, tal es el caso, del sector primario. Y es que según el análisis antes mencionado este sector ha obtenido ahorros económicos importantes como consecuencia de la reducción en el pago de sus impuestos, lo que necesariamente implica una menor recaudación y provoca una erosión en el gasto público.

Lo anterior encuentra eco, por el hecho de que este régimen opera sobre una base de flujo de efectivo, las inversiones en bienes se pueden deducir en el propio ejercicio en el que fueron adquiridas siempre que los ingresos anuales que se hubiesen obtenido no excedan de 10 millones de pesos, pueden llevar una contabilidad simplificada, se les otorgan facilidades administrativas en el cumplimiento de sus obligaciones, etcétera.


Razones como las antes expuestas son las que actualmente se están esgrimiendo para sustentar la iniciativa de reforma fiscal para el ejercicio 2014, mediante la cual el Ejecutivo Federal señala que la aplicación de los beneficios antes descritos generan inequidad, ya que contribuyentes que obtienen un monto de utilidad igual, por el solo hecho de pertenecer a otros sectores de la economía, enfrentan cargas fiscales diferentes. Continúa señalando el Ejecutivo Federal que el principio de equidad horizontal establece que los contribuyentes en igualdad de circunstancias deben recibir el mismo tratamiento. Además, este tipo de medidas afectan la neutralidad del sistema tributario, pues introducen distorsiones que hacen que la inversión no se destine a aquellas actividades en donde resulta más productiva.

FUENTE: IMCP

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