DECRETO DE IMPORTACION DE VEHICULOS USADOS 2014
Se prorroga hasta diciembre de 2014 el decreto que permite la importacion definitiva de vehiculos usados , aqui la transcripcion del decreto.
DOF: 30/01/2014
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DECRETO que
modifica el diverso por el que se regula la importación definitiva de
vehículos usados.
Al margen un
sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en
ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los
artículos 131, párrafo segundo, de la propia Constitución; 31 y 34 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal; 39, fracción II, del Código
Fiscal de la Federación y 4o., fracción I, de la Ley de Comercio Exterior, y
CONSIDERANDO
Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 es
promover el crecimiento sostenido de la productividad del país, así como
proveer condiciones favorables para el desarrollo económico e incentivar la
competencia, de conformidad con los compromisos internacionales concertados
por México;
Que el 1 de julio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el "Decreto por el que se regula la importación definitiva de
vehículos usados", con el objeto de regular su importación definitiva al
territorio nacional, cuya vigencia se prorrogó hasta el 31 de enero de 2014,
mediante el diverso publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 31 de
enero de 2013;
Que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado
respecto de la constitucionalidad de estas medidas, al establecer que no se
transgreden los artículos 14 y 133 constitucionales; asimismo, en
jurisprudencia definida y obligatoria ha resuelto que no procede otorgar la
suspensión del Decreto cuya vigencia se prorroga, al considerar que de
concederse se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían
disposiciones de orden público;
Que en virtud de que las condiciones que motivaron la emisión del
citado Decreto aún se encuentran presentes, es necesario prorrogar la
vigencia del mismo al 31 de diciembre de 2014, a fin de contar con un marco
regulatorio que otorgue seguridad jurídica a los importadores de vehículos
automotores usados, y
Que la Comisión de Comercio Exterior ha emitido opinión favorable
respecto de la medida a que se refiere el presente instrumento, he tenido a
bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el Transitorio Primero del
"Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos
usados", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio
de 2011 y modificado mediante el diverso publicado en el mismo órgano de
difusión oficial el 31 de enero de 2013, para quedar como sigue:
"PRIMERO.- El presente Decreto estará vigente hasta el 31
de diciembre de 2014".
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de
México, a veintisiete de enero de dos mil catorce.- Enrique Peña Nieto.-
Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso.-
Rúbrica.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.-
Rúbrica.
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